Te llega un papel
Quiero denunciar un delito
Puedes denunciar ante la policía, el fiscal o el juzgado, y no tienes que probar los hechos ni presentar querella.
Ante quién
El fiscal, el juzgado o la policía.
«deberá denunciarlo al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente o al Juez de instrucción o municipal, o funcionario de policía»
Sin tener que probarlo
Quien denuncia no está obligado a probar los hechos.
«sin que se entienda obligado por esto a probar los hechos denunciados ni a formalizar querella.»
¿Tu caso tiene algo distinto?
Cuéntanoslo con tus palabras y te decimos qué te aplica, con la ley en la mano.
Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. Texto preparado con ayuda de inteligencia artificial; cada cita es un fragmento literal del texto oficial y se comprueba cada noche contra el BOE. Otros papeles frecuentes.