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Te llega un papel

Quiero denunciar un delito

Puedes denunciar ante la policía, el fiscal o el juzgado, y no tienes que probar los hechos ni presentar querella.

Ante quién

El fiscal, el juzgado o la policía.

«deberá denunciarlo al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente o al Juez de instrucción o municipal, o funcionario de policía»

Sin tener que probarlo

Quien denuncia no está obligado a probar los hechos.

«sin que se entienda obligado por esto a probar los hechos denunciados ni a formalizar querella.»

¿Tu caso tiene algo distinto?

Cuéntanoslo con tus palabras y te decimos qué te aplica, con la ley en la mano.

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Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. Texto preparado con ayuda de inteligencia artificial; cada cita es un fragmento literal del texto oficial y se comprueba cada noche contra el BOE. Otros papeles frecuentes.