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Te llega un papel

Tengo una notificación electrónica pendiente

Si estás obligado a recibirlas por vía electrónica, a los diez días naturales sin abrirla se entiende rechazada y el trámite sigue.

Cuándo se entiende notificada

En el momento en que accedes a su contenido.

«Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido.»

Si no la abres

A los diez días naturales se considera rechazada.

«se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.»

¿Tu caso tiene algo distinto?

Cuéntanoslo con tus palabras y te decimos qué te aplica, con la ley en la mano.

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Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. Texto preparado con ayuda de inteligencia artificial; cada cita es un fragmento literal del texto oficial y se comprueba cada noche contra el BOE. Otros papeles frecuentes.