Te llega un papel
No me dan la nómina o me la pagan cuando quieren
El salario se paga puntualmente y con documento, y los periodos de pago no pueden superar un mes.
Puntual y documentado
En la fecha y el lugar convenidos.
«La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres.»
Como máximo, cada mes
El periodo de pago no puede exceder de un mes.
«El periodo de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes.»
¿Tu caso tiene algo distinto?
Cuéntanoslo con tus palabras y te decimos qué te aplica, con la ley en la mano.
Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. Texto preparado con ayuda de inteligencia artificial; cada cita es un fragmento literal del texto oficial y se comprueba cada noche contra el BOE. Otros papeles frecuentes.