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Me han reconocido (o denegado) una incapacidad permanente

La incapacidad permanente tiene cuatro grados: parcial, total, absoluta y gran incapacidad, según cuánto se reduce tu capacidad de trabajo.

Los grados

Parcial, total, absoluta y gran incapacidad.

«a) Incapacidad permanente parcial. b) Incapacidad permanente total. c) Incapacidad permanente absoluta. d) Gran incapacidad.»

Qué se tiene en cuenta

Cómo afecta la reducción de capacidad a la profesión que tenías.

«se tendrá en cuenta la incidencia de la reducción de la capacidad de trabajo en el desarrollo de la profesión que ejercía el interesado»

¿Tu caso tiene algo distinto?

Cuéntanoslo con tus palabras y te decimos qué te aplica, con la ley en la mano.

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Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. Texto preparado con ayuda de inteligencia artificial; cada cita es un fragmento literal del texto oficial y se comprueba cada noche contra el BOE. Otros papeles frecuentes.